PREFACIO
Dra. Cristina Seijo Suárez
Venezuela
PERSPECTIVAS DEL DERECHO COMPARADO EN ESTADOS UNIDOS Y LATINOAMÉRICA
Las perspectivas del derecho comparado entre EE.UU. y América Latina revelan una división entre el sistema de common law estadounidense, basado en la jurisprudencia, y el sistema de derecho civil latinoamericano, centrado en el derecho codificado y de origen romano. Esta diferencia se manifiesta en cómo se construye el derecho, pero también impulsa estudios comparativos enfocados en la armonización legal, consolidación de derechos humanos, el fortalecimiento de instituciones y la búsqueda de soluciones a desafíos comunes, como los procesos de integración o la aplicación de normas en el ámbito del derecho internacional público.
En cambio, la mayoría de los países latinoamericanos siguen la tradición de civil law (Derecho continental), basada en la primacía de los códigos y leyes escritas. En este sentido, la globalización y la revolución tecnológica están impulsando transformaciones legales profundas en ambas regiones, creando un panorama dinámico donde el derecho comparado se vuelve esencial para abogados, empresas, legisladores y ciudadanos que interactúan en contextos transnacionales. Este análisis examina las tendencias, divergencias y puntos de convergencia más relevantes para este año 2025.
Es así como el estudio comparado entre Estados Unidos y Latinoamérica revela un panorama jurídico en evolución acelerada, moldeado por la tecnología, globalización y las demandas ciudadanas. Dentro de los desafíos persistentes se pudieran mencionar diferencias en tradición jurídica (Common Law Vs. Civil Law) y la estructura judicial, las cuales seguirán siendo una fuente de complejidad para la interacción transnacional.
Asimismo, se encuentran las oportunidades de colaboración, que son tendencias transversales como la Inteligencia Artificial, la ciberseguridad y el ESG (Environmental/Ambiental, Social/Social, Governance/Gobernanza), crean un terreno fértil para el diálogo judicial, el intercambio de mejores prácticas y el desarrollo de marcos regulatorios interoperables.
Se concluye con la Dirección futura que establece el derecho comparado no sólo desde un punto de vista académico, sino una herramienta práctica esencial. Abogados, jueces y legisladores deben entender estas dinámicas para desarrollar estrategias efectivas, proteger derechos y fomentar la cooperación regional en un mundo legal cada vez más interconectado.
En esencia, mientras las raíces históricas y estructurales mantienen a los sistemas legales de EE.UU y Latinoamérica fundamentalmente distintos, las fuerzas globales contemporáneas están tejiendo una red de influencias mutuas y convergencias pragmáticas que definirán el futuro del derecho en las Américas.
Dentro de este orden de ideas, la validez del derecho en América Latina es un tema complejo, marcado por la influencia del derecho romano, tradición jurídica y la necesidad de adaptación a contextos sociales y políticos diversos. Aunque muchos países comparten un sistema jurídico civilista, basado en códigos legales, la interpretación y aplicación de la ley varían considerablemente. Además, la región enfrenta desafíos importantes en la garantía de los derechos humanos y el estado de derecho.
Los derechos fundamentales en América Latina han sufrido un proceso de intensa evolución en los últimos treinta años. Si nos remontamos a la segunda mitad de la década de 1970, se verán las grandes diferencias que existen respecto a lo que se tiene hoy en día en materia de derechos. Lo que en otras latitudes tomó dos siglos, en América Latina se ha conseguido, con marcados inconvenientes, desaciertos y riesgos, en menos de tres décadas.
De acuerdo a lo anteriormente señalado, es valioso traer a colación lo expresado por Vílchez, Seijo, Mavarez y Fuenmayor (2024), referido a la inteligencia ética que une el sentido del deber y la búsqueda del bien, lo que es compatible con actuar en conciencia y no por un deber teórico, por ende, todos los jueces tienen el poder y el deber de aplicar la Constitución, y en consecuencia, de dar preferencia a la Constitución sobre las leyes que la transgredan, y a declararlas inconstitucionales e inaplicables en la decisión de los casos concretos de los cuales conocen.
Se puede plantear que el actuar en conciencia ofrece unas ventajas, bien de orden personal e institucional, tales como: facilitar la consistencia en las decisiones; permitir una mayor coherencia en la actuación; reforzar la acción por motivos intrínsecos que producen satisfacción personal y trascendente como el servicio y el bien común.
En ese sentido, las limitaciones en la formación de la educación y fomento de la objeción de conciencia pueden erosionar la autonomía e integridad de los responsables en tomar decisiones, especialmente cuando implican cuestiones éticas complejas relacionadas con la vida, libertad y otros derechos fundamentales. Al no comprender ni promover esta herramienta de libertad de conciencia, se puede obligar a las personas actuar en contra de sus convicciones, amenazando su libertad y capacidad para tomar decisiones éticamente alineadas con sus principios.
Serrano, F (2025). Tendencias jurídicas para EE.UU: Una revisión del panorama jurídico. Attorneys & Counselors at law.
Tecana American University, a community of builders: Ethics and professionalism is nothing but veneration of life, the sole focus of education at Tecana American University of the USA.
The Hadi Law Firm. Principales tendencias legales a tener en cuenta en 2025.Attorneys at law.
Tendencias actuales del Derecho en 2025. Innovación y sostenibilidad. Redacción Humanitas. Universidad Humanitas.
Vílchez, I, Seijo, C, Mavarez, D, Fuenmayor, R. (2025). La Epiqueya: una interpretación prudente como fundamento de la prueba en el proceso judicial. Revista Científica Legalis et Política. Volúmen 4, No. 1. Florida Global University.