POLÍTICA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A VÍCTIMAS DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO NUEVA ESPARTA
Resumen
El propósito del artículo es examinar la política de protección y asistencia a víctimas del delito de trata de personas en el estado Nueva Esparta. Con respecto a lo planteado, Venezuela ha suscrito y ratificado legalmente lo pertinente para prevenir y controlar el delito de trata de personas, reconociendo en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela las garantías sobre los derechos humanos; derechos de la mujer, niños niñas y adolescentes, especialmente relacionados con la victimización por trata de personas. En este orden, el ordenamiento jurídico venezolano ha desarrollado en la Ley orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo; Ley de protección de víctimas, testigos y demás sujetos procesales, Ley orgánica para la protección del niño, niña y adolescente, Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y otras leyes sobre la inserción del articulado para atender este delito. Dentro de este contexto, no existen muchas investigaciones científicas sobre la eficiencia de la aplicación de la política pública de protección y asistencia a las víctimas de trata de personas en Venezuela, especialmente en el estado Nueva Esparta, por lo que, la investigación cualitativa con método fenomenológico hermenéutico es necesaria por los aportes científicos sobre el cumplimiento estatal de la política en mención, con énfasis en la operatividad judicial, gubernamental y fase de atención posterior profesional; considerando los aspectos socio culturales, situación migratoria, geográfica fronteriza, enfocada en la multidimensionalidad y multicausalidad de este tipo delictivo en la entidad insular.